Buscar este blog

domingo, 17 de julio de 2011

Obligación Tributaria

¿Qué es la Obligación Tributaria?

Es el deber que tiene el deudor de un tributo, de pagar una cierta cantidad de dinero al acreedor llamado FISCO, debido a que ha incurrido en un evento que según la ley se afecta con dicho tributo. (Hecho gravado). Existen dos tipos de Obligación tributaria la principal y accesoria.

¿Cuáles son las características de la obligación tributaria?

a) Se trata de un vínculo jurídico.
Lo que implica que estamos en presencia de aquella figura jurídica en que existen objetivamente un acreedor, un deudor y una prestación, cuya fuente es la ley. Se trata de un vínculo que forma parte de la relación jurídico-tributaria, en que el FISCO como acreedor, exige al contribuyente deudor el pago de una suma de dinero por concepto de impuesto.

b) Nace como consecuencia del acontecimiento del Hecho Gravado.
Las obligaciones con fuente en la Ley, implican que los sujetos se van a ver obligados si incurren en actos, hechos o conductas que la propia ley se encarga de definir. En el caso de la obligación tributaria , el contribuyente se verá obligado , cuantitativamente con el Fisco, si incurre en el supuesto hecho generador de la obligación tributaria, el hecho gravado.
Por ejemplo, en el Impuesto al valor agregado del D.L. 825, si un vendedor efectúa una transferencia de especie corporal mueble a título oneroso, incurre en el hecho gravado y se ve obligado al pago del tributo sin perjuicio de que sea un impuesto de recarga.

c) El contenido de la Obligación Tributaria es la entrega de una cantidad de dinero.
El objeto de ella implica una prestación de dar y específicamente , la entrega de una suma de dinero de parte del contribuyente al FISCO. Esta prestación, es sin duda, de carácter patrimonial e implica que particular deberá sacrificar parte de su patrimonio a favor del FISCO que ejerce el poder tributario, enterando en sus arcas una cantidad de dinero que puede determinar él mismo o la propia administración tributaria.

d) Se quiere dotar al Estado u otro ente público de recursos.
Lo que se persigue es que, a través del pago de la suma de dinero (prestación de la obligación tributaria), el Estado u otro ente obtengan recursos para la satisfacción de las necesidades públicas.
Esta característica es de gran importancia, ya que viene a limitar la neutralidad de la obligación tributaria y la perfila hacia el cumplimiento de un objetivo de satisfacción de necesidades colectivas.

¿Cuales son las Obligaciones Tributarias Accesorias?
Son necesarias y obligatorias para cumplir la obligación principal y reciben esta denominación todos aquellos deberes a que está sujeto el contribuyente y que viene a permitir una adecuada administración y fiscalización del tributo.
Estas obligaciones tributarias son las siguientes:

1. Obligación de inscribirse en el Rol Único Tributario
DFL Nº 3 Diario Oficial 29.01.1969
2. Obligación de comunicar Iniciación de actividades
Artículo 68 del Código Tributario (Formulario 4415)
3. Obligación de dar aviso al Servicio de las modificaciones, datos y antecedentes de la declaración de iniciación de actividades.
Artículo 68 Código Tributario circular 17 de 1985 (Formulario 3239.)
4. Obligación de dar aviso de término de giro.
Artículo 69 del Código Tributario.- (Formulario 2121)
5. Obligación tributaria accesoria de llevar contabilidad.
Artículo 16,17 y 18 Código Tributario
6. Obligación de timbrar documentos
Artículo 17 Ley de Timbres y estampillas (Formulario 3230)
7. Obligación de presentar declaraciones de Impuestos
Artículo 29 Código Tributario y en las normas contenidas en el D.L. 825 Y 824.

¿Cuáles son los Elementos de la Obligación Tributaria?
1- El Hecho Gravado
Acto que realiza una persona, el cual da origen a la obligación tributaria.
Ejemplo: Una venta

2- Devengo o Devengamiento de Hecho gravado
Es el momento en que una situación da origen al nacimiento del Impuesto.
Ejemplo: Cuando se factura esa Venta.
No confundir con el plazo para pagar este Impuesto, que vence el día 12 de cada mes. Otro ejemplo que podemos citar son los honorarios profesionales

3-El Sujeto Activo
El Sujeto Activo de la Obligación Tributaria, también llamado Acreedor, es el Fisco, denominación del Estado que actúa como persona jurídica, quién establece los pagos de Impuestos por parte de los particulares.

4-El Sujeto Pasivo
La obligación tributaria constituye un vínculo entre el Fisco, por una parte, y el sujeto hacia el cual va destinada la carga tributaria, el que incurre en el Hecho gravado.
El Sujeto Pasivo de la obligación tributaria es el que debe cumplir con la prestación a objeto de lo mismo, enterar en arcas fiscales una determinada cantidad de dinero. Se conoce al Sujeto Pasivo de la Obligación Tributaria como Deudor o Contribuyente.

5.-La Base Imponible
Se la puede definir como la expresión cuantificada del Hecho gravado. Se refiere a que el Hecho gravado es una conducta o acción en que incurre el particular y se debe cuantificar, ya sea en unidad física o monetaria a fin de proceder a aplicar una tasa y en definitiva determinar el Impuesto.
Es por ejemplo, como dar un precio o valor a la venta, es decir ¿cuánto vale?

6- La tasa del Impuesto
Es el porcentaje que al aplicarlo sobre la Base Imponible da como resultado el Monto del Impuesto.

7-Las Exenciones
Se define como la liberación del pago de un Impuesto, en virtud de una norma legal.
Es importante señalar que una exención es la liberación de un Impuesto en
Particular, y no de todos los impuestos.

Glosario:
- Contribuyente: las personas naturales y jurídicas, o los administradores y tenedores de bienes ajenos afectados por impuestos Art. 8º Nº 5, Código Tributario.
Gravar: imponer el pago de un tributo o gravamen a una persona, empresa, actividad o transacción.
- Rol único tributario: Es un registro numérico a nivel nacional en el cual se identifica a todos los contribuyentes del país, de los diversos impuestos y en general a toda persona o entidad que cause y/o debe retener impuestos en razón de las actividades que desarrolla.
Término de Giro: Es la cesación de las actividades comerciales o industriales de una agente Económico.

Referencia Bibliográfica
-.http://www.monografias.com/trabajos15/obligacion-tributaria/obligacion-tributaria.shtml

No hay comentarios:

Publicar un comentario