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domingo, 17 de julio de 2011

IMPUESTOS MENSUALES



¿Qué son los impuestos mensuales?
De acuerdo al Servicio de Impuestos Internos, son las declaraciones de impuestos que se realizan de forma mensual.
¿En qué formularios se realiza la declaración de impuestos mensuales?
Los formularios válidos para realizar la declaración de impuestos mensuales son:
·         Formulario 29 y Formulario 50 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo, en su versión electrónica o en papel.
La forma más eficiente de presentar estos formularios es mediante la transmisión electrónica de datos por Internet, a través de la aplicación “Declarar Impuesto Mensual por Formulario Electrónico”, disponible en la sección Impuestos Mensuales (IVA-F29, F50). Si no se cuenta con los medios para declarar por Internet, deberá hacerse a través de un formulario en papel, el que está a la venta en los quioscos (sólo Formulario 29), así como se pueden obtener ambos formularios gratuitamente en las Direcciones Regionales y oficinas del SII.
¿Quiénes deben presentar el formulario 29?
Deben presentar el Formulario 29, con carácter de obligatoriedad, todos aquellos contribuyentes afectos a la Ley de Impuestos a las Ventas y Servicios que estén en presencia del inicio real y efectivo de una actividad económica, lo que se manifiesta, entre otras formas, por haber realizado las siguientes acciones:
·         Inicio de Actividades en la primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
·         Timbraje de documentos para operaciones afectas al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
·         Operaciones realizadas y sujetas a declaración, incluso aquellas exentas de impuestos y, en general, cualquier acto de comercio.
·         Las personas indicadas, aún cuando no realicen operaciones gravadas en uno o más períodos tributarios.
También deberán declarar el Formulario 29:
·         Todos los contribuyentes que declaren retenciones de impuesto y Pagos Provisionales (con excepción de los PPM voluntarios que se declaran en el Formulario 50 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo), correspondientes al artículo 74 de la Ley sobre Impuesto a la Renta
¿Por qué medios y en qué lugares se puede presentar el formulario 29?
Los medios y lugares para presentar el Formulario 29 por los contribuyentes o por personas autorizadas, dentro o fuera del plazo, son los siguientes:
·         Por Internet: Los contribuyentes que opten por esta forma de declaración, deberán ingresar a la opción de Impuestos Mensuales del sitio Web del SII (www.sii.cl). Las alternativas que poseen los contribuyentes que opten por este medio de declaración son:
o    Formulario Electrónico: A disposición del contribuyente se encuentra por Internet un formulario con características similares al de papel. Luego de seleccionar el período que se declarará y una vez editado el formulario electrónico, se pueden ingresar los datos y validar y enviar el Formulario 29, con lo cual la declaración se considera presentada.
o    Envío de archivo con software (upload): Previo al envío del archivo, se requiere obtener un software que puede adquirirlo directamente de empresas que lo proveen al mercado. Dichas empresas proveen del software que genera archivos con las declaraciones del Formulario 29, los cuales se pueden enviar electrónicamente al sitio Web del SII.
Es necesario recordar que los contribuyentes, que con el fin de facilitar su cumplimiento voluntario, tienen a su disposición los Infocentros, BiblioRedes y Centros de Atención al Contribuyente (CenAC), en los cuales es posible confeccionar sus declaraciones y enviarlas al SII. Además, si esta operación se realiza por Internet existen las siguientes formas de pago:
·         Pago PEC (con mandato): En el que debe existir un mandato firmado previamente con el banco a través del cual se pagará.
·         Pago en Línea (PEL): Se realiza el pago al conectarse inmediatamente a la página del banco solicitado. Esta alternativa no requiere la firma de un mandato previo con el banco.
·         Pago en Línea con Tarjeta (Webpay): Se realiza el pago con tarjeta de crédito. Luego de realizar la autenticación (digitar Rut y Clave Secreta), se indica el número de tarjeta para realizar el pago.
·         Por Papel: Las declaraciones en formulario de papel que conlleve el pago de impuestos, tanto fuera como dentro del plazo dispuesto por la ley para efectuarlo, deberán ser presentadas y pagadas por el contribuyente en los bancos comerciales e instituciones financieras que estén autorizados para recaudar impuestos. En el caso de declaraciones fuera de plazo presentadas en las instituciones financieras deberá ser realizado, previamente, el calculo de los reajustes, intereses y multas.
·         Vía telefónica: Esta opción está disponible sólo para la presentación de declaraciones en Formulario 29 que no impliquen pago, ya sea con o sin movimiento, dentro del período vigente. El contribuyente debe marcar el número188-6000-744-744, ingresar su Rut y folio de alguna de sus últimas declaraciones en Formulario 29 para identificarse. Posteriormente, la aplicación telefónica solicitará confirmar la decisión de presentar el Formulario 29 “sin movimiento” o ingresar valores, en el caso de que se esté declarando con movimiento sin pago.
Es importante señalar que el contribuyente que deba declarar a través del Formularios 29 y no pueda realizar estas operaciones por Internet, por papel o teléfono, deberá dirigirse a los grupos de Operación IVA de las oficinas, Direcciones Regionales o Dirección de Grandes Contribuyentes del SII, según corresponda.
¿Cómo se declara por Internet el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo?
Para declarar por Internet el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo, se deberán seguir los siguientes pasos:
·         Ingresar al sitio Web del SII en Internet (www.sii.cl), sección Impuestos Mensuales (IVA-F29, F50 y otros).
·         Seleccionar la opción para declarar y pagar el Formulario 29 denominada Declarar y pagar (F29 y F50).
·         Una vez seleccionada la opción, se solicitará autenticarse, para lo cual es necesario identificarse con su Clave Secreta y Rut o Certificado Digital. Luego, se deberá presionar el botón "Iniciar Sesión".
·         Luego de ello, ingresará automáticamente a un "Visor de Sistema de Información del Contribuyente", que en su parte superior tiene como componente un menú de opciones, quedando posicionado por definición en la opción Resumen Global.
·         Ingrese a la opción "Declarar por", que considera tres medios de declaración: software, formulario en pantalla y declaración sin movimiento. En los dos primeros medios es pertinente seleccionar el período que desea declarar. La tercera alternativa de declaración asume por definición el período tributario vigente.
·         Elija el medio a través del cual presentará su declaración de Formulario 29, considerando los siguientes aspectos:
-Software: seleccionar el archivo que contiene la declaración.
-Formulario en pantalla: completar el formulario electrónico.
·         Presionar el botón “aceptar” o ingresar los datos del formulario editable, o bien enviar la declaración según el medio de declaración. Una vez concluido el ingreso de los datos al Formulario 29 en pantalla, es posible contar con las siguientes opciones: "Validar Formulario" o "Limpiar Formulario". Si se presiona la primera alternativa, el sistema realizará las verificaciones lógicas y aritméticas necesarias para asegurar la integridad de la declaración y, a su vez, indicará los posibles tipos de error que contiene. En cambio, si presiona la opción “Limpiar Formulario”, éste aparecerá nuevamente sin valores y disponible para ser llenado.
·         Una vez validada completamente la declaración, el sistema mostrará el formulario en un formato no editable con los valores ingresados y, además, los valores de los recargos legales si la declaración se encuentra fuera de plazo. Esta instancia permitirá contar con dos alternativas: “Guardar Datos” o “Enviar Declaración”. Si se presiona la primera opción, la información ingresada será guardada para su posterior utilización. Cada vez que se ingrese a los datos guardados, éstos se presentarán en el formulario editable para seguir el ciclo indicado anteriormente. Es necesario dejar en claro que los datos guardados no constituyen una declaración. En caso contrario, si presiona la alternativa “Enviar Declaración”, el Formulario 29 con su declaración será enviada al SII.
·         Si su declaración generó un pago, deberá seleccionar la institución financiera con la cual hará efectiva tal medida a través de las siguientes modalidades: Pago en línea con cargo a la cuenta corriente (PEL), Pago con mandato, previo convenio con su banco (PEC) y Pago en línea con cargo a su Tarjeta de Crédito. Luego de realizado el pago, se produce una conciliación entre la institución financiera y el SII.
·         Obtenga el certificado de declaración recibida y extendido por el SII.

¿Cómo se declara por Internet el Formulario 50 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo?
Para declarar por Internet el Formulario 50 se deberán seguir los siguientes pasos:
a) Seleccionar el formulario electrónico, asociado a período tributario que declara:
·         Ingresar al sitio Web del SII (www.sii.cl), sección Impuestos Mensuales.
·         Seleccionar la opción para declarar y pagar el Formulario 50, denominada Declarar y Pagar (F29 y F50).
·         Una vez seleccionada la opción, se solicitará autenticarse, para lo cual es necesario identificarse con su Clave Secreta y Rut o Certificado Digital. Luego, se deberá presionar el botón "Iniciar Sesión".
·         Posteriormente, ingresará automáticamente a un "Visor de Sistema de Información del Contribuyente", que en su parte superior cuenta con un menú de opciones, quedando posicionado por definición en la opción Resumen Global.
·         Ingrese a la opción "Declarar por", que considera sólo la opción formulario en pantalla para el Formulario 50.
·         Una vez que se ha seleccionado la opción anterior, se deberá seleccionar el formulario que desea declarar "50", período a declarar "mes y año" y tipo de declaración "declaración completa" y, finalmente, accionar el botón "Aceptar".
b) Desplegar el formulario electrónico en pantalla, completar, validar, declarar y pagar:
·         Una vez concluido el ingreso de los datos al Formulario 50 en pantalla, es posible contar con las siguientes opciones: "Validar Formulario", "Guardar Datos" y "Limpiar Formulario". Si presiona la primera alternativa, el sistema le entregará el siguiente mensaje "La declaración F50 no tiene errores lógicos ni aritméticos, por lo que se encuentra en condiciones de ser enviada al SII. Para enviar la declaración, se debe seleccionar el botón Aceptar. Para volver al Formulario 50, seleccione el boton Cancelar"
·         En cambio, si presiona la opción “Limpiar Formulario”, éste aparecerá nuevamente sin valores y disponible para ser llenado. Adicionalmente, si elige la opción "Guardar Datos", la información ingresada será guardada para su posterior utilización. Cada vez que se ingrese a los datos guardados, éstos se presentarán en el formulario editable para seguir el ciclo de envío. Es necesario dejar en claro que los datos guardados no constituyen una declaración, pues éstos quedarán en ese estado hasta que se retomen nuevamente para completar su envío.
·         Una vez validada completamente la declaración, el sistema mostrará el formulario en un formato no editable, con los valores ingresados y, además, los valores de los recargos legales si la declaración se encuentra fuera de plazo.
·         Este tipo de declaraciones sólo generan un pago, por lo que es necesario seleccionar la institución financiera con la cual se hará efectiva tal medida, a través de las siguientes modalidades: Pago en línea con cargo a la cuenta corriente (PEL), Pago con mandato, previo convenio con su banco (PEC) y Pago en línea con cargo a su Tarjeta de Crédito. Luego de realizado el pago, se produce una conciliación entre la institución financiera y el SII.
Obtenga el certificado de declaración recibida y extendido por el SII.
Referencia bobliográfica
La información que se da a conocer de este artículo fue extraída de la página web del Servicio de Impuestos Internos.
-.  www.sii.cl

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